Condiciones de venta, entrega y pago de BARTELS GmbH, Keltenschanze, 88677 Markdorf

Rev. 01.01.2024

1. Ámbito de aplicación

1.1 Las presentes condiciones generales de venta y suministro se aplican a todos los contratos y servicios que celebramos con nuestros socios contractuales. Quedan excluidas las condiciones de compra divergentes, los reglamentos de contratación u otras condiciones generales de los socios contractuales, a menos que las acordemos expresamente por escrito. Si el socio contractual es un empresario, estas Condiciones Generales también se aplicarán a las transacciones futuras con el socio contractual.

1.2 La relación contractual entre Bartels GmbH y las partes contratantes se regirá por el derecho alemán. En la medida en que estas Condiciones Generales no contengan ninguna disposición, se aplicarán el Código Civil alemán y el Código de Comercio de la República Federal de Alemania en la versión aplicable en el momento de la celebración del contrato. La aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías queda excluida para todos los litigios derivados de los contratos celebrados en virtud de las presentes Condiciones Generales.

1.3 Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre nuestros dibujos y bocetos, a menos que el contrato estipule lo contrario.

1.4 En el caso de pedidos que realicemos por cuenta de un comprador, no asumimos responsabilidad alguna por la infracción de derechos de propiedad de terceros. El comprador es responsable de comprobar previamente estos derechos de propiedad industrial. En la relación interna con nosotros, él será el único responsable de las reclamaciones de terceros debidas a dichas infracciones de derechos de propiedad industrial.

2.ofertas

2.1Nuestras ofertas están sujetas a cambios. Los pedidos sólo serán vinculantes para nosotros si los confirmamos o cumplimos con el envío de la mercancía. Los acuerdos colaterales verbales sólo serán válidos si son confirmados por nosotros al menos en forma de texto.

2.2 A menos que el Comprador especifique un plazo diferente, tendremos derecho a aceptar el pedido del Comprador en un plazo de cinco días laborables a partir de su recepción. El plazo de aceptación comienza con el envío del pedido al comprador. La aceptación se efectúa normalmente mediante el envío de una confirmación de pedido.

3. Lugar de cumplimiento/obligación de cumplimiento

Los precios acordados son precios netos, es decir, sin IVA. Salvo pacto en contrario, los precios acordados no incluyen los costes de embalaje y envío ni otros costes (por ejemplo, derechos de aduana, primas de seguros).

3.2 Si se acuerda expresamente la carga y el envío, éstos se llevarán a cabo sin seguro y por cuenta y riesgo del destinatario; si el Comprador solicita un tipo específico de ruta de envío y se llega a un acuerdo al respecto, el Comprador asumirá los costes adicionales resultantes por separado.

3.3 En caso de montaje por nuestra parte, el Comprador correrá con los gastos accesorios necesarios, los gastos de viaje y los gastos de transporte de material contra justificante de gastos, salvo que se estipule lo contrario en el contrato.

3.4 Mientras el comprador se retrase en el cumplimiento de una obligación, tendremos derecho a hacer valer un derecho de retención de la misma relación contractual y de pedidos posteriores y a denegar el cumplimiento hasta que se haya subsanado la demora.

4. Pago

4.1 Las facturas deben pagarse sin deducción 30 días después de la fecha de la factura.

4.2 Queda excluida la compensación con contrademandas contra nuestros créditos. Esto no se aplica a la compensación con créditos indiscutibles, legalmente establecidos o controvertidos pero listos para sentencia.

4.3 La compensación admisible con contrademandas contra nuestras reclamaciones sólo es admisible si la intención de compensar con la reclamación se anuncia en forma de texto al menos un mes antes de la declaración de compensación.

5. Entrega, transferencia del riesgo

5.1El cumplimiento de los plazos de entrega acordados está sujeto a la recepción puntual de los documentos que debe aportar el Comprador, de las autorizaciones y aprobaciones necesarias, en particular de los planos, así como al cumplimiento de las condiciones de pago acordadas. Si estas condiciones no se cumplen a su debido tiempo, los plazos se prorrogarán en consecuencia, a menos que seamos responsables del retraso.

5.2 Los casos de fuerza mayor suspenderán las obligaciones contractuales de las partes, en la medida en que impidan su cumplimiento, durante el tiempo que dure la perturbación y en la medida de sus efectos. Si el retraso resultante supera un periodo de seis semanas, tendremos derecho a rescindir el contrato con respecto al ámbito de cumplimiento afectado.

5.3. si el comprador es un consumidor, el riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de los bienes se transmitirá al comprador en el momento de la entrega de los bienes. La falta de aceptación por parte del comprador equivale a la entrega de conformidad con las disposiciones legales.

5.4 Si el comprador es un comerciante registrado, el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al transportista en el momento de la entrega de la mercancía. A petición y expensas del comprador, aseguraremos la mercancía contra los riesgos habituales del transporte. Si se ha acordado con el comprador la entrega de la mercancía al comprador por nuestra parte, el riesgo se transmitirá en el momento de la entrega. Si se ha acordado con el comprador la entrega de la mercancía con montaje, el riesgo se transmitirá una vez finalizado el montaje, pero no antes de la entrega al comprador. La falta de aceptación por parte del comprador equivaldrá a la entrega y al montaje de conformidad con las disposiciones legales.

6. Montaje

6.1 El comprador deberá, a sus expensas, mantener disponibles y proporcionar durante la duración de los trabajos de montaje los equipos necesarios para el montaje y la puesta en marcha, tales como andamios, equipos de elevación, combustibles, materiales de funcionamiento, lubricantes, energía, agua, calefacción e iluminación, ropa de protección y dispositivos necesarios en el lugar de montaje debido a circunstancias especiales.

6.2 En caso de que para el montaje deban utilizarse equipos de terceros, el comprador deberá proporcionar suficiente personal autorizado para manejar los equipos de terceros.

7. Garantía/reclamaciones

7.1 El comprador deberá notificarnos los defectos evidentes de la mercancía o de la instalación en un plazo de 14 días a partir de la entrega y, en su caso, de la instalación, al menos en forma de texto. Se considera que un defecto es evidente si lo es tanto que incluso un cliente medio no experto lo advertiría sin prestarle especial atención.

7.2 Si el comprador es un empresario, también deberá notificarnos los defectos no evidentes de la mercancía o del montaje en un plazo de 2 meses a partir de la entrega y, en su caso, del montaje, al menos en forma de texto. Esto no se aplicará a aquellos defectos que no hayan sido reconocibles durante una inspección factible en el curso ordinario de los negocios del comprador y que no hayan sido efectivamente reconocidos. Dichos defectos deberán sernos notificados inmediatamente después de su reconocimiento, al menos en forma de texto.

7.3 Quedan excluidos los defectos que no se notifiquen en la forma o plazo debidos, salvo que hayamos ocultado fraudulentamente el defecto respectivo. El envío de la notificación dentro del plazo será suficiente para el cumplimiento del plazo.

7.4 Salvo pacto en contrario, se aplicarán en particular las siguientes características de la mercancía suministrada:

7.4.1 Sistemas de toldos: Los tejidos de las velas, los plásticos, los revestimientos y las líneas utilizados pueden perder color (y cambiar su estructura superficial) debido a las influencias ambientales, en particular a la luz solar. Se trata de un proceso natural y de un efecto puramente visual que no influye en la función técnica. Estos cambios visuales no constituyen un defecto material. La formación de pliegues en las velas confeccionadas no puede evitarse completamente desde el punto de vista técnico. Los pliegues también pueden producirse durante el proceso de enrollado (especialmente en sistemas eléctricos con contratensión) y pueden ser visibles de forma permanente en el tejido. En el caso de los ejes de tejido de aluminio, pueden producirse decoloraciones en las uniones debido a la abrasión del material y a las influencias ambientales. Tales cambios visuales no constituyen un defecto del material.

7.4.2 Componentes de acero inoxidable y aluminio El acero inoxidable y/o el aluminio muestran signos superficiales de corrosión en caso de contacto mutuo y/o contacto con aire que contenga sal y/o cloro (especialmente en la costa o en zonas de piscinas). Las superficies de acero inoxidable pulido pueden desarrollar trazas de corrosión debido a los abrasivos atrapados en los poros, el polvo de amolado o la abrasión de las herramientas. En ambos casos, se trata de procesos naturales que, además, sólo tienen carácter óptico y no afectan a la función técnica. Tales cambios ópticos no constituyen un defecto material.

7.5 Sólo seremos responsables de daños distintos de los derivados de lesiones a la vida, el cuerpo y la salud en la medida en que dichos daños se basen en un comportamiento doloso o gravemente negligente o en el incumplimiento culpable de una obligación contractual esencial por nuestra parte o por parte de nuestros representantes legales o auxiliares ejecutivos. Una obligación contractual esencial es una obligación cuyo cumplimiento hace posible en primer lugar la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento puede confiar regularmente el comprador. Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños y perjuicios, a menos que se base en una garantía dada por nosotros por la calidad del objeto de compra o en la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos o se base en el hecho de que hayamos reclamado una confianza especial para nosotros, a menos que la exclusión de responsabilidad represente una desventaja irrazonable para el comprador por otros motivos. En estos casos, sin embargo, la indemnización se limitará a los daños típicamente previsibles.

7.6 Las reclamaciones de garantía contra nosotros prescribirán un año después de que comience el plazo de prescripción legal. Esto no se aplica a la prescripción de las reclamaciones contra nosotros debido a un defecto en los casos del § 438 I No. 2 o § 634 a I No. 2 BGB, es decir, debido a un defecto en un edificio o un defecto en una obra que se ha utilizado para un edificio de acuerdo con su uso normal y ha causado su defectuosidad o en una obra cuyo éxito consiste en la prestación de servicios de planificación o supervisión de un edificio, así como para las reclamaciones derivadas de los derechos de garantía de los consumidores, a menos que los bienes entregados y/o instalados por nosotros al consumidor ya se hubieran utilizado según lo acordado.

8. Reserva de dominio

8.1 Hasta el pago completo de nuestras reclamaciones derivadas de la relación comercial con el comprador, en la medida en que éstas sigan pendientes en el momento de la entrega de los bienes, los bienes entregados seguirán siendo de nuestra propiedad. No obstante, aceptamos que el comprador esté autorizado a disponer de ellos en el curso ordinario de sus negocios.

8.2 La reserva de propiedad se extenderá también al valor total de los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de nuestras mercancías, por lo que seremos considerados fabricantes a este respecto. Si, en caso de transformación, mezcla y combinación con mercancías de terceros, se mantiene su derecho de propiedad, adquiriremos la copropiedad en proporción a los valores de facturación de las mercancías transformadas. En este caso, el comprador ostentará para nosotros la propiedad única o la copropiedad y estará obligado a asegurar adecuadamente la mercancía reservada contra daños previsibles (incendio, agua, robo).

8.3 Por la presente, el comprador nos cede en garantía las reclamaciones frente a terceros derivadas de la reventa en su totalidad o, en caso de transformación, mezcla y combinación con mercancías de terceros, por el importe de nuestra posible cuota de copropiedad. El comprador está autorizado a cobrar créditos junto a nosotros hasta que revoquemos esta autorización. El comprador no está autorizado a ceder las deudas; esto también se aplica a efectos de cobro de deudas mediante factoring, a menos que se establezca simultáneamente la obligación del factor de efectuar la contraprestación por el importe de nuestra participación en la deuda directamente a nosotros mientras sigamos teniendo deudas frente al comprador.

8.4 El comprador deberá informarnos inmediatamente, al menos en forma de texto, de cualquier acceso de terceros a las reclamaciones de mercancías que nos pertenezcan.

8.5 El ejercicio de la reserva de dominio por nuestra parte no significa automáticamente la rescisión del contrato.

8.6 Las mercancías entregadas por nosotros o los créditos que las sustituyan no podrán ser pignorados a terceros ni cedidos o transferidos como garantía antes de que nuestros créditos hayan sido satisfechos en su totalidad.

8.7 Si el valor de las garantías supera nuestras reclamaciones en más del 20 %, liberaremos garantías de nuestra elección a petición del cliente.

9. Jurisdicción

El lugar de jurisdicción para todas las acciones legales derivadas de contratos que hayan entrado en vigor con la inclusión de estas Condiciones Generales es 88677 Markdorf, Alemania.

10. Cláusula de salvedad

En caso de que alguna de las disposiciones de estas Condiciones Generales sea inválida o inaplicable, las disposiciones restantes seguirán siendo válidas, a menos que la omisión de cláusulas individuales coloque a una parte contratante en una desventaja tan irrazonable que ya no pueda esperarse razonablemente que se adhiera al contrato.